Como Dar De Baja A Mi Concubina Del Issste

Dar de baja a una concubina del ISSSTE puede resultar un trámite un tanto complejo, es por esto que en este artículo explicaremos los pasos sencillos para llevarlo a cabo. Los trámites relacionados con el ISSSTE deben ser realizados directamente en una de las oficinas de la institución; antes de hacerlo, haz una lectura previa de los requisitos que deben cumplirse para la baja del usuario.

A continuación te detallamos los pasos a seguir para lograrlo:

    1. Solicita un turno. Para evitar esperas puedes solicitar un turno previo en línea. Para ello dirígete a la página oficial del ISSSTE y selecciona la sección “Turnos”.

    2. Acude a la oficina del ISSSTE. Una vez que hayas solicitado tu turno o te hayas dirigido directamente a una oficina, debes acercarte al mostrador y presentar la solicitud debidamente diligenciada.

    3. Entrega los documentos requeridos. Junto con la solicitud, debes entregar los documentos necesarios para realizar el trámite, entre los cuales se encuentran la fotocopia del acta de matrimonio y copias de identificación de ambos contrayentes.

    4. Firma la documentación. Al finalizar el trámite, el personal de la oficina te entregará la documentación firmada y sellada; revísala detenidamente para asegurarte de que todos los datos estén correctos.

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    5. Realiza el pago. En la misma ventanilla, realiza el pago correspondiente a la baja de la concubina del ISSSTE.

    Es importante que tengas en mente que los trámites relacionados con el ISSSTE deben ser realizados por el titular. Si el titular se encuentra imposibilitado para acercarse a la oficina del ISSSTE, puedes solicitar una carta notarial, suscrita por un abogado, donde se especifique que el titular apoya y autoriza al portador del documento para realizar el trámite de baja de la concubina.

    Índice De Contenidos
    1. Recomendaciones
    2. ¿Sabes Cómo Pensionarte en el IMSS?. Plática de Norma Arzate | Seguridad Social
    3. "Pensiones de Viudez en el IMSS" Norma Arzate 2020
    4. ¿Qué trámites se deben llevar a cabo para dar de baja a mi concubina del ISSSTE?
    5. ¿Cuáles son los requisitos que debe cumplir mi concubina para la cancelación del ISSSTE?
    6. ¿Qué documentación es necesaria para la anulación del ISSSTE de mi concubina?
    7. ¿Cuáles son los pasos a seguir para dar de baja a mi concubina en el ISSSTE?
    8. ¿Hay algún costo asociado a la desafiliación de mi concubina del ISSSTE?
    9. ¿Quién debe presentar la documentación para retirar a mi concubina del ISSSTE?
    10. ¿En qué plazo deben llevarse a cabo todos los trámites para dar de baja a mi concubina del ISSSTE?
    11. Conclusión

    Recomendaciones

    1. Registra en el portal oficial del ISSSTE con tu CURP y contraseña para poder tener acceso a tu cuenta.
    2. Una vez dentro de tu cuenta, busca la sección de Alta/Baja de Concubino/a e ingresa al enlace correspondiente.
    3. Despliega la información solicitada, como nombre completo, fecha de nacimiento, entre otros datos.
    4. Checa que los datos proporcionados sean correctos y presiona la opción “Solicitar Baja”.
    5. El sistema te dará una pequeña explicación acerca de las consecuencias de dar de baja tu concubino/a y un aviso de que por motivos legales debes leer detalladamente el contenido.
    6. Ingresa la fecha en la que quieres que entre en vigencia la baja y presiona “Aceptar”.
    7. Revisa en la sección de Bajas/Altas de Concubinos/as que tu petición haya sido tramitada exitosamente.

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    ¿Qué trámites se deben llevar a cabo para dar de baja a mi concubina del ISSSTE?

    El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) es una entidad que cumple con la misión de prestar protección social y asistencia médica a sus derechohabientes, por ello, es necesario cumplir con una serie de trámites para otorgar la baja de una concubina de esta institución. Los requisitos varían según la situación particular de la concubina y su edad.

    En primer lugar, es necesario acudir a la oficina de Recursos Humanos del ISSSTE, para acreditar tu identidad mediante un acta de nacimiento, al igual que la de la concubina, así como partidas de nacimiento de hijos eventuales. También se deben presentar escrituras de divorcio en caso de ser el antecedente de la situación. De igual manera, se debe justificar la baja de la concubina mediante documentos idóneos, los cuales dependen de la edad de la misma.

    En caso de presentarse una situación particular, si la concubina tiene menos de 18 años de edad, puede ser necesario acudir a la dependencia del ISSSTE con el padre o tutor legal con el fin de realizar los trámites correspondientes. En esta situación será indispensable también una carta notarial que acredite a ambas partes como firmantes. Por otra parte, si la concubina presenta una edad mayor, los trámites para la baja son mucho más sencillos, ya que solo se solicita una constancia de no pertenencia al sistema.

    Cada uno de los documentos enumerados aquí es indispensable para completar los trámites correspondientes, además, es importante considerar que estos podrían variar dependiendo de factores como el lugar donde se realicen los trámites, así como la zona geográfica de la concubina. Finalmente, una vez concluidos todos los tramites, es necesario recuperar la copia de los mismos y conservarlos para evitar cualquier contratiempo posterior.

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    ¿Cuáles son los requisitos que debe cumplir mi concubina para la cancelación del ISSSTE?

    Para poder tramitar la cancelación del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) para una concubina, ésta deberá cumplir con algunos requisitos. En primer lugar, el o la trabajador a titular del derecho deberá acreditar su calidad de concubinato con documentos favorables. Esto es, debe presentarse el Certificado de actas de nacimiento de los concubinos o bien el acta de no contraer matrimonio. Ambos documentos deben contener una firma legible y además estar sellados por las autoridades correspondientes.

    En segundo lugar, es necesario que la concubina presente la documentación donde conste la recepción del beneficio económico que recibe el trabajador titular del derecho. Igualmente se requiere que el trabajador responda por el pago de los tres últimos meses.

    La concubina deberá acreditar su residencia, para ello presentará copia de su CURP en original, así como un comprobante de domicilio vigente expedido por la autoridad correspondiente. Esta documentación debe ser actualizada cada dos años a partir de la autorización inicial del trámite.

    Ahora bien, si el trabajador titular del ISSSTE mantiene relaciones conyugales con una tercera persona con la que vive como cónyuges sin haber contraído matrimonio, él deberá acreditar ésto ante el Instituto. Para ello deberá presentar acta de no contraer matrimonio tanto del titular del derecho como de su concubina u otra tercera persona con la que mantenga una relación conyugal.

    Finalmente, se requiere que los documentos y formatos a presentar estén acompañados de los comprobantes de tramitación. Estos incluirán las constancias de recepción de los conceptos de incapacidad laboral, gastos funerarios, cálculo de pensiones, pensión vitalicia y sus actualizaciones.

    Al cumplir con todos los requisitos antes mencionados, la concubina podrá entregar la documentación para la cancelación del ISSSTE y obtener el beneficio en cuestión.

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    ¿Qué documentación es necesaria para la anulación del ISSSTE de mi concubina?

    Para anular el registro del ISSSTE de tu concubina es necesario acudir a la oficina de atención al derechohabiente más cercana. Allí se deben presentar los documentos identificatorios (credencial para votar, pasaporte vigente, licencia de conducir) y firmar una solicitud de anulación. También debe tener en cuenta que en caso de haber recibido una pensión, el último estado de cuenta emitido para el trámite será obligatorio, así como los documentos relacionados con el mismo.

    Es importante que se conozcan bien los requisitos para poder realizar el trámite. Los principales son:

    • Fotocopia de la Credencial para votar o pasaporte vigente.
    • Firmar la solicitud de anulación.
    • Presentar el último estado de cuenta emitido si se recibió una pensión.
    • Documentos relacionados con el recibo de rentas superiores a $5,000 al mes.
    • Cartilla de Servicios Médicos actualizada.

    La persona interesada debe llenar los formularios proporcionados, proporcionar todos los documentos previamente mencionados y presentar una cartilla de servicios médicos debidamente actualizada. El trámite concluye con la entrega de la clave de derechohabiente correspondiente, siendo fundamental cumplir correctamente con todos los requerimientos necesarios para iniciar, seguir y concluir con el procedimiento.

    Además, se recomienda asistir al Instituto con quien tenga una relación de parentesco con el trámite pues este podría ser requerido y, por último, es importante contrastar los datos y documentos presentados con los que consten en el sistema para evitar errores.

    Con estos sencillos pasos tu concubina podrá llevar a cabo con éxito la anulación de su ISSSTE.

    ¿Cuáles son los pasos a seguir para dar de baja a mi concubina en el ISSSTE?

    Para dar de baja a tu concubina del ISSSTE debes acudir a una de sus oficinas estatales que tengan el departamento de derechohabientes. Allí tendrás que presentar los documentos necesarios para llevar a cabo el trámite. Debes traer contigo un documento de identidad de tu concubina, un recibo de tu última afiliación al ISSSTE y una constancia emitida por el lugar donde trabajas o por donde te pensionas para solicitar la baja del ISSSTE.

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    En la oficina, la persona encargada que te atienda te explicará toda la información que necesitas conocer y los pasos para realizar el trámite. Lo primero que debes hacer es llenar un formulario de baja y entregar tus documentos. Esto debe ser firmado por ambos involucrados, ya que se requiere el consentimiento de tu concubina para realizar el trámite.

    Una vez entregado el formulario, el personal del ISSSTE realizará los trámites pertinentes, como revisión de los documentos entregados, verificación de la solvencia económica del trabajador, etc. Al final se emitirá una constancia de baja para tu concubina y la tarjeta correspondiente a su nombre será bloqueada.

    Por último, la persona encargada te explicará los detalles finales para dar de baja a tu concubina del ISSSTE y firmar los documentos correspondientes. Es importante que recuerdes que cualquier cambio o variación en los datos reportados o en los documentos entregados, tendrán que ser comunicadas al departamento de derechohabientes para llevar a cabo los trámites necesarios.

    ¿Hay algún costo asociado a la desafiliación de mi concubina del ISSSTE?

    Sí hay costos asociados a la desafiliación de una concubina del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE). Los costos pueden variar dependiendo de la clase de desafiliación que sea necesaria, y varios factores específicos, como el nivel de ingreso de la concubina en cuestión y el grado de parentesco entre el titular y dicha concubina.

    Para realizar el trámite de desafiliación, el titular del ISSSTE deberá comparecer personalmente al centro de atención más próximo y presentar los siguientes documentos: Identificación Oficial vigente del titular, acta de matrimonio con el(la) concubinado(a), constancia de desempleo del(la) concubinado(a), y una carta dirigida al director de finanzas del centro de atención del ISSSTE en donde conste el nombre del titular, así como la voluntad de desafiliar a su concubinado(a).

    A continuación se enumeran los principales costos asociados a la desafiliación de una concubina del ISSSTE:

    • Pago de saldo pendiente. Si existe un saldo pendiente por parte del(la) concubinado(a), el titular deberá liquidarlo al momento de realizar el trámite de desafiliación.
    • Devolución de recursos. Si existe un recurso de mayor importe dentro de los gastos realizados por el(la) concubinado(a), será necesario devolverlo al ISSSTE como parte del trámite.
    • Multa. Dependiendo del caso, el(la) concubinado(a) podría ser acreedor(a) a una sanción económica.

    Es importante destacar que, de acuerdo con las normativas vigentes, los trámites de desafiliación sólo son válidos si se presenta la documentación completa requerida por el ISSSTE. También cabe mencionar que, en caso de que no se lleve a cabo el trámite de manera adecuada, el ISSSTE puede llevar a cabo acciones legales contra el titular.

    Finalmente, es importante tener en cuenta que este trámite es completamente gratuito siempre y cuando no exista ninguna multa u otro gasto pendiente de pago. En estos casos, es necesario liquidar todos los pagos y recargos realizados antes de que el ISSSTE pueda desafiliar formalmente a la concubina.

    ¿Quién debe presentar la documentación para retirar a mi concubina del ISSSTE?

    ¿Quién debe presentar la documentación para retirar a mi concubina del ISSSTE? De acuerdo a la legislación vigente, los documentos que deben ser presentados para retirar a una concubina del ISSSTE deben ser firmados por el titular del derechohabiente.

    Para ello, como primer paso, se debe identificar al titular:

    • Solicitud de Afiliación del Titular y Concubina.
    • Acta de Nacimiento del Titular y Concubina.
    • CURP del Titular y Concubina.
    • INE del Titular y Concubina.

    Una vez identificado y acreditado el titular, se debe presentar una solicitud de Retiro de Concubina o Delegada, en la cual deberá consignarse la información requerida para llevar a cabo el trámite:

    • Clave Única de Registro de Población (CURP) del Titular.
    • Clave Única de Registro de Población (CURP) de la Concubina o Delegada.
    • Cantidad de personas a cargo.
    • Motivo del retiro.
    • Firma del Titular.

    Asimismo, se deberá adjuntar documentación adicional correspondiente al Titular y la Concubina o Delegada, algunos de los documentos a presentar son:

    • Comprobante de domicilio.
    • Acta de nacimiento original o copia certificada de la concubina o delegada.
    • Comprobante de estudios de menores de edad.
    • Comprobante de incapacidades permanentes.
    • Credencial para votar vigente.
    • Identificación Oficial.
    • Relación de miembros de la unidad familiar.

    Los documentos mencionados deberán ser firmados ante un notario, y presentarlos en persona en alguna oficina del ISSSTE que maneje tales trámites. Una vez presentada la documentación, el ISSSTE recibirá el trámite y entregará un oficio mediante el cual aceptan el retiro para su posterior entrega.

    Es importante recordar que, para concluir el trámite de retiro de la concubina o delegada, el titular tendrá que devolver los derechohabientes ingresados al Sistema, es decir, el titular, su esposa/esposo, los hijos e hijastros y aquellos que se hubieran incorporado. Al cumplirse con todos los requisitos, el proceso estará concluido y no existirá responsabilidad financiera del titular hacia el ISSSTE.

    ¿En qué plazo deben llevarse a cabo todos los trámites para dar de baja a mi concubina del ISSSTE?

    Todos los trámites para dar de baja a una concubina del ISSSTE se deben llevar a cabo dentro de plazos determinados. Estos dependen de los siguientes aspectos:

    • Del estado civil del suscriptor: si el suscriptor es soltero, hay que acreditar el estado civil mediante acta de nacimiento y/o credencial de elector. En el caso de que el suscriptor sea casado, se requiere la presentación de copia certificada de la sentencia de divorcio, si lo hubiere, o el acta de matrimonio si se trata de soltería por causa de muerte.
    • De los documentos de la concubina: deberá presentar su documento de identidad oficial vigente (INE, Pasaporte, etc.) y un comprobante de domicilio con una antigüedad máxima de dos meses.
    • De la solicitud: se presentará la solicitud para la baja, acompañada de los requisitos mencionados en los dos puntos anteriores. La misma deberá contener: datos personales del suscriptor, de la concubina y del beneficiario; firma de ambos cónyuges; así como la documentación probatoria del estado civil del suscriptor.

    Por lo tanto, para realizar los trámites correspondientes a la baja de una concubina del ISSSTE, los plazos varían dependiendo de los documentos que se tengan y de la documentación que se considere necesaria para el trámite. Los pasos principales suelen tomar entre 3 a 5 días hábiles, contando desde el momento en que se presentan la documentación completa y los tiempos de respuesta se extenderán de acuerdo a la disponibilidad de la institución. Sin embargo, al tratarse de trámites burocráticos, el tiempo de espera puede variar.

    Es importante señalar que, para mayor certeza, siempre conviene enterarse en las oficinas del ISSSTE acerca de los documentos y los trámites requeridos para la baja de la concubina, incluyendo los procedimientos, formularios y los plazos necesarios para la finalización de estos.

    Conclusión

    Dar de baja a una concubina del ISSSTE depende de los pasos descritos en este artículo. Es importante que el servidor público involucrado verifique todos los requisitos necesarios para el trámite antes de iniciar el proceso. Una vez cumplidos estos requisitos, el servidor publico debe presentar la documentación correspondiente al ISSSTE, junto con la solicitud para dar de baja a la concubina del ISSSTE. La institución entonces debe procesar la solicitud y confirmarla para finalizar el trámite. Es importante señalar que el ISSSTE puede cobrar por el trámite. Por lo tanto, es recomendable tener a mano el dinero suficiente para cubrir los costos antes de iniciar el proceso de baja de una concubina.

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